Feminicidio en Guatemala


Hilda Morales es una guatemalteca que ha consagrado su vida a la lucha por los derechos de la mujer. Se hizo merecedora del premio Embajadora de Conciencia 2004 de Amnistía Internacional, por su interés en el cumplimiento de la ley contra la violencia intrafamiliar y otras formas de violencia contra la mujer, así como en la forma más extrema de violencia: los femicidios.

¿Cuáles son los datos que se tienen oficialmente del femicidio en Guatemala?
En 2001 se reportaron 222 casos y en 2008 se han superado los 600 asesinatos, algunos con signos de ensañamiento y depravación; otros cadáveres mutilados, con señales de violación, y algunos descuartizados. En un período de siete años suman por lo menos 3.500 asesinatos de mujeres.

¿Quiénes cometen femicidio en Guatemala?
Se presume que son, en su mayoría, los cónyuges, ex cónyuges, convivientes, ex convivientes, novios o ex novios, integrantes de pandillas y agentes de la Policía Nacional Civil.

¿Es el femicidio consecuencia únicamente de la violencia intrafamiliar?
En Guatemala, además de la violencia intrafamiliar, otra posible es el acoso sexual, pero también ocurre en el contexto de los ritos grupales, usando o no armas de cualquier tipo.

¿El machismo arraigado en los países latinoamericanos conduce al femicidio?
Por supuesto, porque el machismo exacerba las históricas relaciones desiguales de poder que existen entre hombres y mujeres.

¿Hay diferencia, en el uso, entre uno y otro término?
Prácticamente no hay diferencia. La mexicana Marcela Lagarde dice que feminicidio es una especie de delito impune en donde las víctimas son un colectivo de mujeres, en una determinada época de la historia de la humanidad y en un lugar determinado, por tanto el Estado es responsable.
En el femicidio, según la Convención de Belém do Pará, el Estado es responsable de la violencia contra las mujeres, sea individual o colectivo, en tanto se tolere, no se le persiga, no se investigue, o sean actos cometidos por los agentes de autoridad.

¿Debería unificarse el término femicidio en los países latinos?
No importaría que se denominaran femicidio o feminicidio, con tal de que los hechos se investigaran y se castigara a los culpables. No obstante, desde el punto de vista jurídico, es indispensable que se denomine ese problema con un solo término.
En el caso de Guatemala, ya se logró, a través de la Ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer.

¿Aconsejaría a cada uno de los países latinoamericanos tener una ley contra el femicidio?
La deberían emitir, por lo menos aquellos donde el número de femicidios es evidente y se incrementa cada vez más, tal como sucede en Centroamérica.

¿Cuál es la experiencia en Guatemala tras la aprobación de la ley contra el femicidio?
El sector justicia respondió inmediatamente, tomando medidas para aplicar la ley. No obstante, la reacción de columnistas de varios diarios del país, fiscales, jueces y abogados que ejercen en la vía privada la profesión, son peyorativas para el texto de la ley y para quienes la impulsaron.
El rechazo se debe, en parte, a la formación jurídica bancaria y positivista que sacraliza el derecho escrito en el marco de una legislación, que desconoce los derechos de las mujeres y que, en términos generales, la estimula a través de conceptos obsoletos.

¿Considera que los administradores de justicia no tienen bien claro el término femicidio y eso impide el avance en la resolución de casos?
Poco se sabe de los casos que han llegado al Ministerio Público y menos de los tribunales de justicia. La ley fue emitida en abril de este año (2008) e inició su vigencia en el mes de mayo; sin embargo, no es tanto en la ley donde se encuentran los obstáculos, sino en la falta de investigación científica y de equipo y laboratorios especializados en el análisis de las evidencias. También la cobertura del equipo de la escena del crimen es limitada.

Observatorio de la Violencia

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